Valoración psicológica en adopciones y tutelas de menores
Las solicitudes de adopción en España han aumentado considerablemente en los últimos años, factores como la mayor aceptación de la interculturalidad, la aceptación de familias monoparentales y homosexuales, o el aumento de la media de edad para ser padres han influido en ello.
Por norma general, los procesos de adopción, acogida de menores y valoración psicológica, son procedimientos rigurosos y extendidos, debido al marco de protección de menores y de la necesaria idoneidad de los adoptantes.
En los Tribunales de Familia, en la labor de decisión del Juez en los procesos de adopción y acogimiento de menores prima el beneficio del menor, y para cerciorarse de la adecuación de los adultos interesados y del entorno sociocultural del menor, el perito psicológico es el encargado de recabar información fiable y contrastada que reflejará en un informe pericial psicológico, que deberá presentar y ratificar ante el Tribunal.
Para poder abrir un expediente de adopción, la familia solicitante debe participar previamente en una evaluación de idoneidad, que asegure que cumplen los requisitos necesarios para el bienestar del menor. Esta investigación psicosocial es fundamental, en ella el perito psicológico valora aspectos como:
- La adaptabilidad e integración social y personal del niño y de los adoptantes.
- Estabilidad y madurez emocional de los adoptantes, así como adecuación laboral, personal y social.
- Relación estable de los solicitantes, clima familiar y relaciones con miembros de la familia.
- Aspectos de la personalidad de los adoptantes, en referencia a motivaciones y aptitudes para la educación del menor.
Para analizar dichas características el perito, desde un punto de vista objetivo, utiliza métodos y estrategias basadas en indicadores psicosociales, así como instrumentos clínicos de recogida de información, que justificarán la información facilitada. De esta forma, con el informe pericial el Juez podrá justificar la conveniencia o no de los adoptantes.