Casos en los que solicitar una Inspección Técnica de Edificios
La Inspección Técnica de Edificios es la revisión visual y periódica de una serie de elementos para garantizar la seguridad del inmueble y de las personas. El objetivo es la conservación de los edificios en buen estado para garantizar la accesibilidad u ornato, la seguridad y la salubridad.
La Inspección Técnica de Edificios, más conocida como ITE, es como la ITV de los vehículos. Se conoce menos porque se realiza desde hace unos 10 años. Las Comunidades Autónomas tienen competencias por lo que los plazos y los requisitos podrían cambiar en función del lugar de residencia.
Contamos con respuesta a las preguntas frecuentes sobre la Inspección Técnica de Edificios.
¿Quién puede realizar la Inspección Técnica de Edificios?
La inspección la llevan a cabo arquitectos o aparejadores. Ellos son quienes elaboran un informe y con él, la Administración emite un certificado que acredita la aptitud del edificio.

¿Es obligatorio realizar la Inspección Técnica del Edificio?
Si, es de obligado cumplimiento. Pues es un procedimiento regulado por ley y podríamos recibir sanciones por ello. Sólo están excluidas los edificios declarados en ruinas.
¿Qué revisan en la Inspección Técnica del Edificio?
Los profesionales revisarán la estructura, la cimentación, la fachada, las cubiertas y azoteas, las medianeras, los patios, la escalera, la fontanería, saneamientos e instalaciones comunes.
Plazos de válidez de la Inspección
Lo normal será que un certificado de este tipo tenga una válidez de 10 años, pero ya hemos mencionado que los plazos y requisitos dependen de las autonomías. Por lo que la revisión acreditará el buen estado de la vivienda para 10 años. Si algo no está en condiciones y puede presentar deficiencias a lo largo de estos años, el profesional lo reflajará en el informe y al no ser una inspección apta, tendría validez por un tiempo inferior.
Tipos de deficiencias, ¿debo subsanarlas?, ¿en qué plazo?
Existen 4 tipos de deficiencias:
–Deficiencias leves: suele tratarse de tareas de mantenimiento para prevenir riesgos.
–Deficiencias importantes: suele tratarse de problemas de funcionalidad y salubridad, sin riesgo.
–Deficiencias graves: se trata de riesgos inminentes localizados o problemas graves de salubridad.
–Deficiencias muy graves: se trata de riesgos inminentes generalizados que afectan a la seguridad de los bienes y las personas.

Sí, estamos obligados a subsanar las deficiencias que el profesional refleje en el informe. En cada caso, con un plazo y unas medidas:
-Si se trata de deficiencias leves o si no presenta deficiencias, la inspección tendrá una válidez de 10 años.
-Si se trata de deficiencias importantes, la inspección tendrá una válidez de 6 años, bajo control cada 2 años.
-Si se trata de deficiencias graves o muy graves, la inspección tendrá una válidez de 3 años, tomando medidas cautelares y bajo control anual.
¿Qué precio tiene una Inspección Técnica de Edificio?
El precio no está regulado, por lo que depende de lo que cada profesional establece como su remuneración. Para llevar una idea, puede oscilar entre 200 y 1000€, pero también dependerá del número de viviendas, las alturas, etc.
¿Cómo puedo conocer la antigüedad de un edificio?
La antigüedad la podemos encontrar en las escrituras o certificados de final de obras. Aunque no siempre disponemos de estos documentos y podríamos consultar los datos catastrales o el expediente urbanístico. Este dato puede no ser exacto pero es muy aproximado, por lo que es fiable.
¿Estoy obligado a enseñar el interior de la vivienda?
Todos los propietarios están obligados a facilitar el acceso a su vivienda. En caso de no facilitarlo, la comunidad puede tomar medidas legales en contra. Si no se pudiera acceder a alguna vivienda, el profesional decidirá si es suficiente para emitir el informe y dejará constancia de porque no se han podido visitar. Posteriormente, será la administración la que decidirá si le parecen suficientes las viviendas inspeccionadas.